Sanción de 25.000 euros a una empresa de gasolineras por cosificar a sus trabajdoras

    La empresa decidió imponer unilateralmente a la plantilla de mujeres empleadas en sus estaciones de servicio el uso de una camiseta con la palabra impresa EVOLOGIC y un eslogan situado a la altura del pecho

    13/03/2023.
    Imagen de archivo de una estación de servicio

    Imagen de archivo de una estación de servicio

    El Juzgado de lo Social número 32 de Barcelona desestimó la demanda interpuesta por la empresa GALPGEST PETROGAL ESTACIONES DE SERVICIOS, S.L.U. contra la sanción administrativa interpuesta por el Departamento de Trabajo, Asuntos Sociales Y Familias a esta empresa ante la demanda que hizo CCOO de Industria por cosificación de sus trabajadoras.

    La sección sindical de CCOO denunció a la Inspección de Trabajo que la empresa decidió imponer unilateralmente a la plantilla de mujeres empleadas en sus estaciones de servicio el uso de una camiseta con la palabra impresa EVOLOGIC y un eslogan situado a la altura del pecho lo que provoca que los clientes dirigieran la mirada hacia los pechos de las trabajadoras. Estas mostraron su disconformidad en llevar la camiseta, pero la empresa no atendió sus reclamaciones, lo que llevó al sindicato a hacer la denuncia por incumplimiento del artículo 42 del convenio colectivo que recoge que los cambios del uniforme deben consensuarse con la representación legal de los trabajadores y las trabajadoras. Ante los hechos probados, Inspección de Trabajo interpuso una sanción de 25.000 euros a la empresa por infracción muy grave del artículo 8.2 de la LISOS (Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social), por discriminación indirecta por razón de sexo.

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